¿En qué régimen estoy haciendo la actividad de renta y renta en sociedad como autónomo? Estaríamos encuadrados en régimen general. Este régimen es porque damos un servicio, hay una contraprestación y hay una actividad diaria, por lo que no estaríamos ni en recargo de equivalencia, ni en relevo, ni en módulos. Tendríamos que ser régimen general en la figura de autónomo o en la figura de sociedad.