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Puedo ejercer varias actividades

Transcripción

¿Puede ejercer varias actividades? La respuesta es que si yo puedo ejercer una actividad en recargo de equivalencia en compra venta de productos y puedo ejercer otra actividad, por ejemplo, en publicidad, estas actividades llevarán contabilidades diferentes y se generarán los impuestos de forma diferente en recargo de equivalencia por la compra y venta de productos. Ahora, si ingreso gasto en un modelo de IRPF, pagarás el IVA del recargo de equivalencia en el modelo 309 y por la actividad de publicidad harás el IRPF por los ingresos y gastos generados y harás la declaración de IVA. El IVA será el IVA cobrado a tus clientes por el servicio de publicidad y el IVA a deducir de las compras o de los gastos que has tenido por generar esa actividad. Ambas actividades irán bajo tu nombre y apellidos y bajo tu CIF, pero contablemente serán totalmente diferentes, como si fueran dos personas diferentes. Habrá que llevar un riguroso control. Y es cierto que cuando facilites las facturas es muy importante que las tengas diferenciadas, que las tengas en dos carpetas carpeta de ecommerce, carpeta de publicidad. ¿Para que? Para que nosotros cuando vayamos a contabilizar estas facturas, lo hagamos todo de forma correcta y no pagues más de la cuenta.