¿Qué impuesto se paga estando en régimen de módulos? Se paga de forma trimestral, igual que con el resto de los impuestos. Se pagará el IRPF, el IVA y el modelo 115 de retenciones. Si tuviéramos un local afecto a la actividad o al modelo 111, si tuviéramos empleados en la actividad, el 130 estima unos índices a Hacienda y unos porcentajes según nuestra actividad, por lo que será una cuota fija de forma trimestral. El IVA. Si estamos en recargo de equivalencia no tendremos que hacer este impuesto. Pero sin embargo, si esa actividad no es tan recargo de equivalencia como por ejemplo una peluquería que está en módulos, tendrá que declarar ese IVA. Ese IVA se paga de forma trimestral fijo. Es una cuantía fija que marca Hacienda a final de año se regulariza para el 115 y el modelo 111 funciona según las retenciones que hayamos soportado bien a los trabajadores o bien al propietario del alquiler.