Wikifiscal

Recargo de equivalencia

Transcripción

Que ese recargo de equivalencia y que el recargo de equivalencia. Quien puede estar es cuando por ejemplo compramos un producto y tal cual lo compramos, tal cual lo vendemos. No hay transformación del producto, no vendemos fuera de España y nuestras ventas están destinadas al cliente final, a un consumidor. Si vendemos a una empresa no podremos superar el 20% de nuestra facturación. Por ejemplo, si vosotros vendéis a través de Amazon, a través de Shopify y de vuestra propia página web, tal cual compras el producto, tal cual lo importa, si tal cual lo vendes, ahí podrías estar en equivalencia. ¿Qué implica este recargo de equivalencia? Nosotros compramos un producto con un IVA y con un recargo de equivalencia lo vendemos con un IVA, pero este IVA a nosotros nos lo quedamos, no lo ingresamos en Hacienda, forma parte de nuestro beneficio. A cambio, para estar en recargo de equivalencia es muy importante que de todas las compras y de todos nuestros servicios, nosotros siempre paguemos ese 21% de IVA si es un producto en régimen general o el recargo de equivalencia que sería el 5,2. Si es un servicio solo pagaré el 21% si es compra de producto 21 y 5,2.