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Se puede ampliar el capital social de una entidad

Transcripción

Se puede ampliar el capital social de una entidad. Si el capital social de una entidad no tiene por qué ser estable, se puede ampliar o reducir. En todo caso, la ampliación o reducción del capital social nacerá de un acuerdo de la Junta General y serán los socios los que determinarán con sus votos la conveniencia de la ampliación o reducción del capital. La reducción del capital social nunca podrá ser inferior a los 3.000 € que estipula la Ley de Sociedades de Capital. Para ampliar el capital social se deberá de informar a todos los socios para que puedan aportar su voluntad de poder ampliar ese capital social. Y así mismo, esa ampliación de capital irá en escritura pública y posteriormente registrada ante el Registro Mercantil Provincial.