Si soy socio de una empresa, puedo tener nómina. Sí, podremos tener nómina, pero habrá que definir en donde nos encadenamos. Si nosotros somos socios capitalistas y tenemos más del 33% de las participaciones, tendremos que ir a régimen de autónomos, pagaremos nuestra cuota mensual de autónomos y tendremos una nómina como socio trabajador. Si nosotros somos socios, pero tenemos menos del 33% de las participaciones, tendremos que ir a régimen general, tendremos una nómina por ser trabajadores de la empresa, pero cotizamos a la Seguridad Social como un trabajador por cuenta ajena.