Sí, trabajo desde casa, tengo algún gasto deducible por trabajar así. Cuando nosotros trabajamos en casa y ejercemos esa actividad económica desde nuestro 4.º o desde nuestro salón de nuestro despacho, podremos deducir esa parte proporcional que hayamos dado de alta en Hacienda. Es decir, cuando nosotros iniciamos la actividad le decimos a Hacienda donde vamos a realizar la actividad. Podemos afectar un local, en este caso este local será los metros cuadrados de nuestra vivienda. Según los metros cuadrados que hayamos puesto afectos a la actividad nos podremos deducir ese porcentaje de agua, luz, internet, alquiler para deducciones al alquiler y el porcentaje de los metros cuadrados. Es importante que en el contrato especifique que se puede hacer una actividad comercial en la casa. Si no pone nada nos tendrá que dar permiso.