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Todo el equipamiento que compramos para nuestros pisos es deducible

Transcripción

¿Todo el equipamiento que compramos en nuestros pisos es deducible para la actividad de renta real? La respuesta es que sí, pero con matices. Si cogemos un piso y tenemos que comprar equipamiento para la cocina, camas, cabeceros, muebles, etc. Si estos gastos y estas compras superan más de 300 € fiscalmente y contablemente no podremos reducirnos a gasto directamente ese importe, tendremos que hacer una amortización. Ejemplo si compramos un colchón que nos cuesta 250 €, podremos imputar a gasto directamente. Si compramos un colchón que nos cuesta 400 €, tendremos que amortizarlo anualmente hasta que superemos el valor de compra. En este caso sería un 10%, por lo que anualmente tendríamos que hacer un 10% de lo que nos haya costado el colchón e imputar a gasto.